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Subte sin cargo para jubilados en la Ciudad: el DNI reemplaza a la credencial y se elimina el tope horario

Una ley sancionada por la Legislatura porteña habilita el viaje gratuito en subterráneo para jubilados y pensionados con ingresos de hasta 2,5 haberes mínimos y domicilio en Buenos Aires. El acceso se activa apoyando el documento en el molinete, sin restricción de franja horaria. La reglamentación definirá los plazos operativos en los próximos sesenta días.

Por Paula SandovalEconomía y comercio · 28 de agosto de 2026 · hace 1 h

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó una norma que extiende la gratuidad del subte a jubilados y pensionados residentes en el distrito, con un mecanismo distinto al vigente hasta ahora: el beneficio se activará apoyando el Documento Nacional de Identidad en el molinete, sin necesidad de gestionar una tarjeta ni un pase especial. La medida alcanza también a retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que cumplan los mismos requisitos.

A quiénes alcanza y bajo qué condiciones

Pueden acceder al beneficio quienes perciban hasta 2,5 haberes mínimos previsionales y acrediten domicilio en la Ciudad de Buenos Aires. La habilitación tendrá una vigencia de cinco años, con posibilidad de renovación, siempre que el beneficiario mantenga las condiciones de residencia e ingresos previstas en la ley. Para tramitar el alta, la documentación se presentará en las sedes comunales: DNI, comprobante de domicilio en el distrito y constancia que acredite el nivel de ingresos previsionales. Con esos datos, la administración porteña procederá al registro y a la activación del acceso en el sistema.

  • Cobertura: jubilados, pensionados y retirados de Fuerzas Armadas y de Seguridad con domicilio en la Ciudad.
  • Tope de ingresos: hasta 2,5 haberes mínimos previsionales.
  • Mecanismo de acceso: DNI apoyado en el molinete, sin credencial adicional.
  • Vigencia: cinco años, con renovación automática si se mantienen las condiciones.
  • Trámite: presentación en sedes comunales con DNI, comprobante de domicilio y constancia de ingresos.

Una de las modificaciones centrales respecto del esquema anterior es la eliminación de las franjas horarias. El viaje sin cargo regirá todos los días y durante todo el horario de servicio, lo que representa una diferencia concreta para quienes utilizan la red fuera de los picos de la mañana y la tarde: turnos médicos en horarios tempranos, trámites administrativos en horas inhábiles y traslados nocturnos. La gratuidad, en estos casos, deja de estar condicionada al momento del día en que se inicia el viaje.

Costo fiscal, comparación con Santiago y con 2024

La norma no fija una partida específica en el presupuesto porteño, por lo que el costo fiscal dependerá de la cantidad de beneficiarios efectivamente habilitados y de la frecuencia de uso. A modo de referencia comparativa, en la red de Metro de Santiago de Chile el pasaje para adultos mayores supera los mil pesos chilenos en hora punta y algo menos en horario valle, con descuentos por edad que en ningún caso llegan a la gratuidad total para los tramos de ingresos previstos en la ley porteña. En la Ciudad de Buenos Aires, durante 2024 el subte funcionó con tarifa general actualizada por inflación y con un esquema de gratuidad horaria limitado a determinado rango de la mañana para usuarios registrados, esquema que la nueva ley reemplaza por un acceso pleno. El monto diario que un jubilado podía economizar con aquel beneficio parcial dependía de cuántas veces utilizara la red fuera del horario gratuito; ahora la economía pasa a ser completa, aunque el impacto presupuestario para la administración porteña será proporcional a la adhesión efectiva al sistema.

Más allá del cuadro comparado, el dato relevante para el lector es operativo: la ley ya está sancionada, pero su aplicación concreta depende de la reglamentación, que el Ejecutivo porteño tiene un plazo máximo de sesenta días para completar. Hasta que esa etapa no cierre, no se encuentra habilitada la posibilidad de cargar el DNI en el sistema ni definida la fecha exacta desde la cual el beneficio podrá ejercerse en los molinetes de la red.

Qué hay que mirar en los próximos sesenta días

  • La publicación del decreto reglamentario, con los requisitos definitivos y la operatoria técnica en cada estación.
  • El cronograma de altas habilitado en las sedes comunales, donde se iniciarán los registros.
  • El anuncio oficial de la fecha de puesta en marcha, que dependerá de la culminación del proceso de reglamentación.
PS
Paula SandovalEconomía y comercio

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