El TOC N° 29 rechazó las nulidades planteadas por la defensa de Álvarez y el juicio continuará hasta la declaración de los últimos testigos
El tribunal que juzga al músico Cristian "Pity" Álvarez por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, cometido en 2018 en el barrio de Villa Lugano, desestimó los pedidos de nulidad y recusación presentados por los abogados Javier Baños y Sebastián Queijeiro. La próxima audiencia quedó fijada para el viernes 16 de octubre, con la declaración de cuatro testigos propuestos por la defensa.
El Tribunal Oral en lo Criminal N° 29, con competencia territorial en la jurisdicción correspondiente de la Ciudad de Buenos Aires, rechazó en la audiencia N° 13 del debate oral todos los planteos de nulidad y recusación interpuestos por la defensa de Cristian Iván Álvarez, conocido públicamente como "Pity" Álvarez, en el marco de la causa en la que se lo acusa del homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, ilícito que según consta en la imputación fiscal se produjo el 10 de julio de 2018 en el barrio porteño de Villa Lugano y cuya carátula es "homicidio simple". La decisión fue adoptada por el juez presidente Gustavo Goerner, secundado por sus colegas Juan María Ramos Padilla y Hugo Navarro.
Durante la jornada, los abogados defensores Javier Baños y Sebastián Queijeiro habían solicitado la nulidad del propio juicio y, en forma subsidiaria, la nulidad del dictamen del Cuerpo Médico Forense que concluyó que el imputado se encuentra en condiciones de comprender la naturaleza del proceso y de participar en él. Los letrados cuestionaron que el peritaje oficial "fue redactado antes de discutirse" con los profesionales designados por la parte y que en su confección no se habrían ponderado adecuadamente dos informes psiquiátricos previos que califican a Álvarez como una persona peligrosa para sí y para terceros. Asimismo, pusieron en consideración un informe reciente elaborado por la clínica Solar Colonial de Castelar, centro de internación donde actualmente se encuentra alojado el músico, que desaconsejó "en forma rotunda" su participación en audiencias, interrogatorios y traslados mientras curse el tratamiento, en atención al riesgo que esas instancias representarían para su estabilidad clínica.
La respuesta del Ministerio Público Fiscal y la posición del tribunal
El fiscal general Sandro Abraldes respondió de modo puntual cada uno de los cuestionamientos formulados por la defensa. Remarcó que el dictamen pericial oficial consigna que Álvarez presenta funciones psíquicas compensadas, sin evidencias de factores de alteración y sin modificaciones respecto de la evaluación realizada en febrero del corriente año. En esa línea, el representante del Ministerio Público sostuvo que la eventual necesidad de tratamiento no impide que el imputado pueda comprender el desarrollo del proceso y ejercer su defensa material, distinción técnica sobre la que insistió a lo largo de su intervención.
Al momento de resolver y fundamento, expuso el juez Goerner, quien recordó que acceder a la nulidad del debate en la instancia actual implicaría retrotraer la totalidad de la prueba ya producida y reproducirla ante un nuevo tribunal. "Anular este juicio, cuando solo faltan testigos de la defensa, ¿lo beneficia a Álvarez?", planteó el magistrado, y agregó que el período de prescripción aplicable al hecho es de doce años, por lo que aún resta margen temporal suficiente para culminar el proceso sin que opere la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo.
La declaración del propio imputado y la valoración del tribunal
El juez Goerner también fundó su decisión en entrevistas periodísticas recientes que el propio Álvarez concedió a distintos medios de comunicación. En particular, destacó que en uno de esosreportajes el cantante mencionó haber percibido un incremento de la presión arterial mientras escuchaba el desarrollo de los peritajes en la sala de audiencias, y a partir de esa circunstancia infirió que el acusado registra lo que acontece en el debate y comprende su contenido. "Álvarez sabe lo que está pasando. Comprende perfectamente que este juicio se está llevando a cabo y de qué se trata", sostuvo el magistrado al fundamentar el rechazo del planteo de insania y de las nulidades articuladas por la defensa.
“Álvarez sabe lo que está pasando. Comprende perfectamente que este juicio se está llevando a cabo y de qué se trata.”Juez Gustavo Goerner, presidente del Tribunal Oral en lo Criminal N° 29
Con la resolución adoptada en esta jornada, el debate oral conserva su curso y la siguiente audiencia quedó fijada para el viernes 16 de octubre, oportunidad en la que se prevé la declaración de cuatro testigos propuestos por la defensa, tras lo cual las partes formularán sus alegatos y el tribunal pasará a deliberar para dictar el veredicto correspondiente.
- Rechazo de nulidades y recusaciones planteadas por la defensa de Cristian "Pity" Álvarez en el debate oral que se sigue ante el TOC N° 29 por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz.
- Confirmación del dictamen del Cuerpo Médico Forense, que considera que el imputado comprende el proceso y está en condiciones de ser sometido a debate.
- Consideración del informe de la clínica Solar Colonial de Castelar, que desaconseja la participación del músico en audiencias y traslados durante su internación.
- Argumentos del fiscal Sandro Abraldes sobre la compatibilidad entre la necesidad de tratamiento y la aptitud para comprender el proceso y ejercer la defensa.
- Fundamentos del juez Gustavo Goerner basados en entrevistas recientes del acusado y en el plazo de prescripción de doce años aplicable al hecho.
- Próxima audiencia fijada para el viernes 16 de octubre, con declaración de cuatro testigos propuestos por la defensa y posterior paso a alegatos.
